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Derecho Médico

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que los plazos establecidos en la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado para reclamar una indemnización derivada de una presunta actividad administrativa irregular son constitucionales, al considerar que no vulneran el derecho de acceso a la justicia ni el derecho a una reparación integral.

La decisión se originó a partir de un caso relacionado con una presunta negligencia médica ocurrida en un hospital del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), en el que el paciente solicitó una indemnización por los daños sufridos durante su atención médica.

El Pleno de la SCJN determinó, por mayoría de votos, que el artículo 25 de la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado cumple con la Constitución, ya que los plazos para ejercer este tipo de acciones responden a un principio de seguridad jurídica, permitiendo establecer reglas claras para las reclamaciones contra el Estado.

La legislación prevé que:

  • El derecho para reclamar una indemnización prescribe, en términos generales, en un año.
  • Cuando existan daños de carácter físico o psíquico, el plazo puede extenderse hasta dos años, conforme a la propia ley.

Es importante destacar que la Suprema Corte no resolvió si existió o no negligencia médica en el caso concreto, sino únicamente confirmó la constitucionalidad de los plazos previstos en la ley. La determinación sobre la procedencia de la reclamación corresponde a los tribunales competentes.

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